PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante mediante diligencia de fecha 07 de febrero de 2007.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión de fecha 02 de febrero de 2007, dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, que declaró sin lugar la medida de secuestro solicitada sobre el inmueble formado por una casa quinta signada con el N° 10-1, construida sobre una parcela de terreno propio ubicada en Los Algarrobos, jurisdicción de la Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora apelante.