Vista la TRANSACCIÓN celebrada en fecha dieciocho (18) de marzo de 2.013, entre las partes, por la parte demandante, abogado en ejercicio NELSON WLADIMIR GRIMALDO HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-9.466.898, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 53.375, actuando con el carácter acreditado en autos y por la parte demandada, ciudadano SAID JOSE VELASCO BERNAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.974.060, asistido por la abogada en ejercicio IRINA DEL VALLE RUIZ USECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.120.197, inscrita en el Inpreabogado bajo N° 199.191; observando esta operadora de justicia que no es contrario a derecho el acto celebrado entre las partes, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de .....