DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO ACUERDO DE LOS CÓNYUGES JEREMIAS MELGAREJO GRANADOS Y LOLA ISABEL DELGADO MORA, cónyuges entre si, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.188.381 y V.-5.658.951 respectivamente, asistidos por el abogado David Fernando Duran Sánchez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.511. Los cónyuges deben regirse a lo establecido por ellos en su escrito de solicitud de separación. Se acuerda notificar mediante boleta al Fiscal del Ministerio Público, correspondiente, anexándole copia certificada de la solicitud y del presente auto. Se insta a la parte solicitante a suministrar las copias para la elaboración de la boleta.