Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la presente demanda de Divorcio, presentada por el ciudadano Pedro Alexander Barrios Bustamante, asistido por el abogado Jairo Zambrano Vivas, contra la ciudadana Gisela Marina Rivero Sosa. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.