declara:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA FALTA DE CUALIDAD INTERPUESTA POR EL DEMANDADO CIUDADANO JAVIER ALBERTO PEREZ RAMIREZ, en su condición de Presidente de la Junta Directiva de la Asociación de Ganaderos del Estado Táchira (ASOGATA).
SEGUNDO: INADMISIBLE LA DEMANDA INTERPUESTA por el ciudadano JOSE NATALIO ZACARIAS DIEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 26.122, apoderado judicial del ciudadano ARNOLFO RESURRECCION VEGA GALVIS, titular de la cédula de identidad N° V- 2.813.370, en contra de la ASOCIACION DE GANADEROS DEL ESTADO TACHIRA (ASOGATA); en la persona de su Presidente Javier Alberto Pérez Ramirez; por COBRO DE BOLIVARES Y DAÑOS.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS POR LA NATURALEZA DEL FALLO.
Publíquese, regístrese. Notifíquese.