La parte demandada solicita el cierre y archivo del expediente en virtud a que ya cumplió con lo establecido en la sentencia emitida por la Sala de Casación Social el día 19 de febrero de 2009 que consiste en el otorgamiento de la pensión de jubilación en forma mensual y vitalicia, más el disfrute del resto de los beneficios complementarios o inherentes a la jubilación y el pago realizado por Cantv al demandante por concepto de la compensación realizada entre los créditos recíprocos de las partes, que una vez efectuado mediante experticia complementaria del fallo arrojó un saldo a favor del ejecutante por el monto de DIECISIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs.17.757,60)r, todo lo cual se explica ampliamente en el escrito de 8 folios útiles que consigna en este acto. Por su lado la parte ejecutante declara que efectivamente está incluido dentro de la nómina de pensionados de Cantv y que recibe su pensión de jubilación desde diciembre del año 2023 .....