Por lo anteriormente señalado y en el interés superior de la joven, esta Juez Unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD. En consecuencia se ordena la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 972 de fecha 31 de Mayo de 1996, expedida por la Prefectura de la Parroquia la Concordia Municipio San Cristóbal y el Registro Principal Estado Táchira, perteneciente al joven ANDERSON JAVIER SANCHEZ BONZA, en el sentido que aparezca correctamente los apellidos del joven, como "SANCHEZ BONZA", de conformidad con lo señalado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.