Por consiguiente este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHITA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: UNICO: Acordar la entrega al ciudadano ELADIO ROBERTO ROSALES MORA, venezolano, titular de la cédula de Identidad No. V-2.812.523, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.136 en su carácter de apoderado del ciudadano HERNAN ROPERO RINCON titular de la cedula de identidad N° E-83.491.154 del vehiculo MARCA: CHEVROLET, PLACA: BA7-10C, COLOR: BLANCO, USO: TRANSPORTE PUBLICO; SERIAL DE MOTOR: MJV107511, AÑO 1979; SERIAL DE CARROCERIA: 1T19MJV107511 CLASE: AUTOMOVIL TIPO: SEDAN, MODELO: MALIBU mediante DEPOSITO, bajo el cumplimiento de las obligaciones impuestas; de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes la presente decisión. Levántese el acta contentiva de entrega del vehículo sujeta a las condici.....