este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se establece la cuota de la Obligación de manutención por la cantidad de UN MIL BOLIVARES (1.000,00 Bs.) mensuales, los cuales serán depositados los primeros cincos (05) días de cada mes mensuales.
SEGUNDO: En el mes de Diciembre el padre se compromete a comprar los estrenos del día veinticuatro (24) de Diciembre a su hijos, y la madre los del día treinta y uno (31) de Diciembre, en lo ateniente al regalo de navidad cada uno lo dará un obsequio.
TERCERO: En cuanto a los gastos mé.....