PRIMERO: CON LUGAR, la partición interpuesta por la ciudadana MYRIAM JOSEFINA ADARMES DE SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-4.120.329, en contra del ciudadano IVAN DARIO SALAS MENDEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V-1.777.728.
SEGUNDO: Se ORDENA de conformidad con el artículo 778 del Código de Procedimiento Civil, el nombramiento del partidor a las diez de la mañana (10:00 a.m.) del DECIMO DIA de despacho siguiente a que quede definitivamente firme la presente decisión, a los fines de proceder a la partición de los bienes adquiridos durante la comunidad de los ciudadanos MYRIAM JOSEFINA ADARMES DE SALAS e IVAN DARIO SALAS MENDEZ, compuestos por: Primero: un apartamento distinguido con el No. 01-04, del bloque 40,E-02, de la Urbanización Unidad Vecinal del Municipio San Cristóbal, Parroquia la Concordia, Estado Táchira, con una superficie de OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO CENTIMETROS (82.35 Mt.....