DECISION
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los Abogados Leonardo Antonio Rodríguez Pérez y Heedy Raquel Florez Ibáñez, Fiscal Provisorio y Fiscal Auxiliar Trigésimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión dictada en fecha 11 de Septiembre de 2015, por la Jueza Suplente del Tribunal Sexto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, declaró procedente y con lugar la revisión de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad y acordó una medida cautelar sustitutiva a favor de los imputados de autos.