"...visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, y solicitada como ha sido su homologación, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena librar oficio al Banco de Fomento Regional Los Andes – Sucursal La Fría, mediante el cual se ordene la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de este Juzgado, dicha cuenta solo podrá ser movilizada por la OFERIDA, con la autorización de la Juez y la Secretaria mediante oficio..."