"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del negocio jurídico celebrado por los ciudadanos FREDY JOSE BARBOSA RAMIREZ, YANITZA COROMOTO MONTILLA BASTIDAS, RUTH RAMOS SEDANO y RAFAEL ANTONIO SERRRANO, venezolanos, solteros; titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 20.218.820, V-19.299.279, V-25.703.912 y V-11.798.448, en su orden receptivo, domiciliados en La Tendida, municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia, se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las once horas de la mañana (11:00 a.m.), del día de hoy miércoles dieciocho (18) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Se ordena expedir el desglose del documento privado objeto de legalidad y una c.....