VI
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la decisión de fecha 16 de mayo de 2013, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión apelada.
TERCERO: Se declara INADMISIBLE la demanda por cumplimiento e interpretación de las cláusulas 17, 22, 26 y 28 de la convención colectiva suscrita entre la sociedad mercantil Inversiones Comunitel de Venezuela y el Sindicato de Trabajadores de Tarjetas Prepagadas de Inversiones Comunitel de Venezuela S.A. (SINTRAPREPAGOCOMUNITEL).
CUARTO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabaj.....