este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el Articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: El ciudadano LUIS ALBERTO URBINA MONCADA, otorgara la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES (Bs. 30.000,00) mensuales, a favor de sus hijos, los cuales serán depositados los últimos de cada mes COMO OBLIGACION DE MANUNTENCION; SEGUNDO: En el mes de Septiembre, El padre dotara a sus hijos de útiles escolares y la madre dotara a sus hijos de uniformes. TERCERO: En el mes de Diciembre Ambos padres dotaran a su hijos de ropa, calzado útiles personales, así como también su respectivo regalo decembrino; .....