"...Primero: El ciudadano YOALBERT FRANCISCO, se compromete a depositar como obligación de manutención la cantidad de veinte mil bolívares (Bs. 20.000,oo) los primeros cinco (05) días de cada mes y la ciudadana LUDYS, así lo acepta. Segundo: Ambas partes acuerdan que los gastos escolares serán compartidos, es decir, 50% para cada uno de los padres. Tercero: Ambas partes acuerdan que los gastos decembrinos serán compartidos, es decir, 50% para cada uno de los padres. Cuarto: Ambas partes acuerdan que los gastos médicos serán compartidos, es decir, 50% para cada uno de los padres. Quinto: El demandado se compromete a comprar una muda de ropa para el niño cada cierto tiempo. Sexto: Ambas partes solicitan se homologue el presente convenimiento con lo que respecta al aumento". Termino, se leyó y conformes firman...."