Por los razonamientos y motivaciones contenidas anteriormente, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS promovidas por la parte demandante, formulada la Oposición por la parte demandada a través de sus Coapoderados Judiciales abogados PABLO ENRIQUE RUIZ MÁRQUEZ y DUARTE DE CASTIBLANCO GLORIA AURORA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos.- 58631 y 58.631, en la audiencia preliminar de fecha 01 de Julio de 2013, (folios 137 al 144).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Notifíquese a las partes por medio de boleta, de la presente decisión.
Publíquese, Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero De Primera Instancia Ag.....