PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana NELBA CAICEDO PANTALEÓN, por reconocimiento de unión concubinaria interpuesta en contra de los ciudadanos: FLOR DE MARÍA LÓPEZ DE SÁNCHEZ, DEYSI JANETTE LÓPEZ ROJAS, NELSON ANTONIO LÓPEZ ROJAS, YEINI KATERINE LÓPEZ CAICEDO Y NELVA ANDREINA LÓPEZ CAICEDO, identificados suficientemente en esta decisión. En consecuencia, existió entre los ciudadanos NELBA CAICEDO PANTALEÓN y NOEL LÓPEZ CARVAJAL, una relación concubinaria, con todos los efectos legales, durante un lapso de tiempo que se inició en el mes de junio de 2003, hasta el día 19 de agosto de 2013.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.
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