DECISION
Con base a los planteamientos esbozados anteriormente, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Declara INOFICIOSO entrar a conocer el fondo en cuanto al recurso de apelación interpuesto por el abogado Daniel Eduardo Díaz Valera, en su carácter de defensor del ciudadano José Gregorio Díaz Valera, en lo que respecta a la decisión dictada en fecha 15 de febrero de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nro. 03, de este Circuito Judicial Penal.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Daniel Eduardo Díaz Valera, en su carácter de defensor del ciudadano José Gregorio Díaz Valera, en relación a la decisión dictada en fecha 25 de febrero de 2011, por el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decl.....