En el día hábil de hoy, Dieciocho (18) de Mayo de 2006, siendo las 9:00 a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, la ciudadana THAIS GLORIA MOLINA CASANOVA, identificada con la cédula de identidad Nro. 3.009.171, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 26.129 representante judicial de la parte oferente en la presente causa; y vista la incomparecencia de los ciudadanos LUIS GERARDO SULBARAN AVENDAÑO y JENNY CAROLINA RUIZ GONZALEZ; identificados con las cédulas de identidad Nro. 9.121.310 y 13.792.986 respectivamente; en aplicación de Doctrina y Jurisprudencia Nacional, se DECLARA TERMINADO EL PROCESO y el dinero consignado permanecerá a disposición del trabajador para que si en un futuro aquel incoare una acción en contra de su patrono, éste podrá demostrar la oferta real y el depósito y evitar que en su contra,.....