Por todos los razonamientos antes expuestos el  Juzgado del Municipio    Ayacucho  de  la  Circunscripción  Judicial  del  Estado  Táchira, Actuando en funciones de Tribunal de Protección de Niño, Niña y Adolescente, en uso constitucional de la potestad ciudadana de administrador de Justicia conforme al artículo 253 de la Constitución impartiéndola en nombre de la República Bolivariana de Venezuela,  y por Autoridad de La Ley, Resuelve:
PRIMERO: Se declara Con Lugar  la solicitud  de Cumplimiento de Obligación de Manutención solicitada por la ciudadana   LUZ MARINA ANGARITA, Venezolana,  mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-19.578.533, domiciliada en San Félix, vía Panamericana, sector los Kioscos, específicamente kiosco La Virgen Jurisdicción del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, actuando con el carácter de Madre de los niños ..., en contra del ciudadano  ALEJANDRO RAMÍREZ ROSALES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.886.381,  .....