PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el ciudadano Héctor José Ramírez Marciales, asistido de abogado, mediante diligencia de fecha 20 de junio de 2008.
SEGUNDO: DECLARA SIN LUGAR la demanda de divorcio incoada por Héctor José Ramírez Marciales contra Mary Del Mar Mijares Guacarán, con fundamento en la causal establecida en el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil.
TERCERO: Queda CONFIRMADA la decisión apelada de fecha 16 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira