Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, LE IMPARTE LA HOMOLOGACIÓN A LA TRANSACCIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En consecuencia, conforme a lo solicitado por ambas partes, se levanta la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 23 de marzo de 2017 y participada con oficio N° 255 de la misma fecha, al Registro Público de los Municipios Capacho Nuevo y Capacho Viejo del Estado Táchira. Ofíciese lo conducente al registro a los fines de que se estampe la respectiva nota de levantamiento.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.¬ Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
MAURIMA MOLINA COLMENARES
JUEZA
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