ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del acusado: JAIRO HUMBERTO RINTA GÓMEZ, venezolano, natural de San Antonio, Estado Táchira, nacido el 31-01-1984, de 26 años de edad, soltero, Chofer, hijo de Jairo Humberto Rintan Bernal (v) y de Rosalba Gómez Gómez (v), titular de la cédula de identidad No. V-15.775.347, domiciliado en la calle 5, No. 12, Sector I, La Integración, a dos cuadras d el Escuela Técnica, Ureña, Estado Táchira, teléfono 0416-270.56.25, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA Y VIOLENCIA PATRIMONIAL previstos y sancionados en los artículos 42 y 50 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjui.....