Por los razonamientos y motivaciones contenidas anteriormente, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
ÚNICO: PARCIALMENTE SIN LUGAR LA OPOSICIÓN A LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS promovidas por la parte demandante, a través de su Co-Apoderado Judicial Abogado PABLO ENRIQUE RUIZ MÁRQUEZ, formulada la oposición por la parte demandada a través de sus Apoderados Judiciales Abogados ANDRÉS ELADIO PERNÍA MORA e HILDEMAR ROJAS BALZA en la audiencia Preliminar efectuada el día 26 de Octubre de 2009 (Folio 128).
Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los DIECISIETE días de.....