"...En cuanto al régimen de visita, el señor podrá compartir con sus hijos todos los sábados y domingo de cada mes, comprendido en el horario de diez (10:00 am.) hasta las seis (06:00 p.m.). Los niños podrán quedarse algunos fines de semana con el papá.
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se acuerda PRIMERO: Notificar al ciudadano LUIS MARTIN VESGA PAEZ, por el Incumplimiento de la Obligación de Manutención; SEGUNDO: Notificar al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal..."