Visto el ACUERDO CONCILIATORIO realizado en acta de esta misma fecha, entre los ciudadanos GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA y ALBA ROSARIO RAMIREZ ROBLES, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nº64.559 y 103.124 respectivamente, en su carácter de Coapoderadas Judiciales de la Parte Accionante ciudadano CARLOS OMAR VILLAMIZAR MEJIA, venezolano, mayor de edad, soltero, ocupación operador de planta, titular de la cédula de identidad No. V-19.598.089, actuando en beneficio de su hija la niña (se omite el nombre por disposición de la Ley Especial) debidamente facultadas conforme a Poder Apud Acta que riela en las actas procesales; presente también la Parte Accionada ciudadana ENIRF ADIEMLA CARDENAS GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. V-20.121.818, enfermera, domiciliada en el Municipio Capacho Nuevo del estado Táchira. Por cuanto lo pactado no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, garantizándose el Interés Superior de la identifi.....