ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO.- DECLARA SIN LUGAR la solicitud formulada por el ciudadano JHON JAIRO MELGAREJO, quien dice ser de nacionalidad venezolana, con cédula de identidad V-15.538.920, recibida en fecha 4 de mayo de 2007, respecto a la entrega del vehículo Placas 867-AAU, serial de carrocería T732127, serial motor 3183200401, Marca Dodge, Modelo D-100, color rojo, clase: Camioneta; Tipo: pick-up, Uso: Carga, de conformidad con el artículo 14 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando, el que establece que los vehículos, semovientes, enseres, utensilios y aparejos utilizados para perpetrar ilícitos de contrabando, se les impondrá el COMISO cuando el propietario de cualquiera de los mencionados bienes sea el autor, coautor, cómplice o enc.....