En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado sentadas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se homologa el desistimiento realizado por la parte actora en fecha 11/04/2018, procediendo como en sentencia en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, se da por terminado el procedimiento y se ordena archivo del expediente.
No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 277 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira con sede en la ciudad de San Cristóbal, a los dieciseis (16) días del mes de Octubre del año dos mil dieciocho (2018). Año 208º Independencia y 159º Federació.....