DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la Cuestión Previa opuesta por la ciudadana María de la Paz Gamez Parada, asistida por el Abg. Javier Gerardo Omaña Vivas, contenida en el ordinal 4° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a las partes. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los Dieciséis (16) días del mes de octubre de dos mil dieciocho (2018). Años 208° de la Independencia y 159° de la Federac.....