V
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte accionante, en fecha 04 de febrero de 2013, en contra de la decisión dictada en el día 29 de enero de 2013, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: CON LUGAR el reenganche y pago de salarios caídos y demás conceptos patrimoniales dejados de percibir, desde la fecha del írrito despido. Se ordena a la empresa demandada, ya identificada, reincorporar al ciudadano JOSÉ AGUSTÍN CARRILLO, igualmente identificado, a su nómina, en las mismas condiciones de trabajo que tenía para el momento del despido.
TERCERO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
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