PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano LIBERIO ZAMBRANO contra la ciudadana Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira abogada YITTZA YORLEY CONTRERAS BARRUETA.
SEGUNDO: De conformidad a lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone multa al recusante ciudadano LIBERIO ZAMBRANO ZAMBRANO por la cantidad de dos bolívares exactos (Bs. 2,00), en razón de haber resultado la presente recusación declarada sin lugar, los cuales deberá pagar en el término de tres (3) días hábiles en el Tribunal de Primera Instancia donde intentó la recusación, el cual actuará como agente del Fisco Nacional a los fines de su retención e ingreso en la Tesorería Nacional y le indicará la forma de liquidar dicha multa.
TERCERO: REMÍTASE en su oportunidad el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira a los fines de que sea a.....