PARTE DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley conforme a los artículos 2 y 26 Constitucional, 12 y 603 del Código de Procedimiento Civil declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION A LA MEDIDA DE SECUESTRO realizada por la ciudadana IDARLY COROMOTO MORA PEÑA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.341.707, asistida por el abogado FELIX ANTONIO MATOS, inscrito en el inpreabogado Nro. 31.173 en fecha 29 de enero de 2025.
SEGUNDO: Se mantiene con todo vigor y efecto jurídico la MEDIDA DE SECUESTRO decretada en fecha 15 de enero de 2025 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, sobre un vehículo marca: Toyota, clase: camioneta, modelo: 4RUNNER/SR5; tipo sport Wagon.....