En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Jorge Orlando Chacón Chávez y José Manuel Restrepo Cubillos, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Angélica María Vivas, mediante escrito de fecha 12 de febrero de 2007. En consecuencia, anula la decisión dictada en fecha 07 de agosto de 2006 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en el expediente 408 nomenclatura de ese despacho y repone la causa al estado de que el tribunal de primera instancia civil que resulte comp.....