Así mismo, de la lectura del libelo de demanda, se advierte que el petitum u objeto de la demanda, se encuentra enmarcado en normas sustantivas del Derecho Civil, con omisión del artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, igualmente, el instrumento fundamental acompañado, destaca que se trata de venta de un Inmueble consistente en una parcela denominada Las Marias, ubicada en el Asentamiento Campesino denominado Santa Maria del Carira, parroquia José Antonio Páez, del Municipio Garcia de Hevia, con una extensión o superficie total actual de 18 has. con 7023 metros cuadrados. Por consiguiente, a los fines de su admisión, este Juzgado advierte la omisión de la debida autorización de venta de terreno, expedida por el Instituto Nacional de Tierras, todo de conformidad con la Disposición Final Décima de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, razón por la cual esta Instancia Agraria, a los fines previstos, insta a la parte actora, para que dentro de los tres (3) días de despach.....