DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REPONE LA CAUSA al estado de darle entrada en este Tribunal Superior a la presente causa y DECLARA LA NULIDAD del auto de fecha 6 de noviembre del 2012, y ordena dictar nuevo auto de entrada con arreglo a lo dispuesto en el único aparte del artículo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión interlocutoria.
JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ BALLÉN
JUEZ SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO
SECRETARIO JUDICIAL
JOSÉ GREGORIO GUER.....