VI
DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 04 de marzo de 2013, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana KEYLA YADIRA ROJAS USECHE contra la sociedad mercantil BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C.A., por cobro de indemnizaciones derivadas de enfermedad ocupacional.
CUARTO: Se condena a la Sociedad BANCO BICENTENARIO BANCO UNIVERSAL C.A., a pagar la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 65.000,oo) por concepto de daño moral.
QUINTO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada, de conformidad con el artículo 60 d.....