TERCERO: CONDENA al acusado VIVAS MORENO JAVIER a cumplir la pena de UN (01) AÑOS; DOS (02) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISION y a las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 ordinal 1° del Código Penal, por comisión del delito de PECULADO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 53 de la Ley contra la corrupción, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con los establecido en el articulo 375 del Código Orgánico Procesal Penal