En fecha 10 de Junio de 2009, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos: SOLANLLY YACQUELIN PEREIRA BOHÓRQUEZ y HENRY ANGARITA SACHICA, parte demandante y demandada, respectivamente, quienes conciliaron sobre el aumento de la obligación de manutención, forma y oportunidad de pago de la misma, para sus hijos los niños HENRY JOSUÉ y HERSEY DISSJEY ANGARITA PEREIRA; en consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte homologación al acta de fecha 10 de Junio de 2009, de conformidad con lo establecido en el Artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente