Por todos los fundamentos de hecho, de derecho y doctrinarios antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: La Perención de la Instancia en la presente solicitud, en la cual el ciudadano CARLOS ALBERTO CASTELLANOS PINZON, asistido por el abogado Henry José Parra Sánchez, solicita la Rectificación de su Partida de su Partida de Nacimiento.
SEGUNDO: Extinguido el Proceso Judicial.
TERCERO: Notifíquese mediante boleta al solicitante, así como a la representación de la Fiscalía Décimo Cuarta del Ministerio Público en el estado Táchira. En caso de no ser posible la ubicación personal del peticionante, debido a no haber indicado su domicilio procesal, se procederá a fijar la boleta de notificación en la cartelera del Tribunal, de conformidad con lo establecido en la parte in fine del Artículo 174 del Código de Pro.....