Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado Raulinson José Reaño Páez y la abogada Rosbella del Rosario Carrero Ovalles, con el carácter de defensores del acusado HESNAIRE DE JESUS RINCON CORDERO, contra la sentencia publicada el 21 de marzo de 2012, por la abogada Glenda Acevedo Quintero, Jueza Temporal de Primera Instancia en funciones de Juicio N° 1, Circuito Judicial Penal del estado Táchira, mediante la cual, declaró culpable y en consecuencia condenó al mencionado acusado, a cumplir la pena de once (11) años y nueve (09) meses de prisión, por la comisión de los delitos de robo agravado, en el grado facilitador, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el artículo 84 del Código Penal; ocultamiento de arma de fuego, aprovechamiento de cosas provenientes del delito y usurpación de identidad, previstos y sancionados en los artículos 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 3 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, 470 del Código .....