INADMITE sobrevenidamente la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano JOAN ANIBAL RAMIREZ RIOS, venezolano, con cédula de identidad V-19.539.517, actualmente detenido en el Centro Penitenciario de Occidente a las órdenes del Juzgado de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 4 de este mismo Circuito Judicial Penal, procesado por los delitos de Homicidio Calificado por motivos fútiles y Porte Ilícito de Arma Blanca, asistido por los abogados FERNANDO JOSE ROA RAMIREZ y FERNANDO JOSE ROA CONTRERAS, en virtud de haber cesado la lesión constitucional denunciada; todo de conformidad con lo establecido por el ordinal 1° del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
2. EXHORTA al Juez del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 04 de este Circuito Judicial Penal, propenda el efectivo cumplimiento de los lapsos procesales establecidos en el Código Orgánico Procesal Penal, y en especial, la debida y oportuna publi.....