PRIMERO: Deja sin efecto la DECLARATORIA DE AUSENCIA del adolescente IDENTIDAD OMITIDA Art. 65 LOPNA, de fecha 11 de enero de 2002, dejándose sin efecto la orden de ubicación del mismo dada a los diferentes órganos de seguridad del estado. SEGUNDO: DECLARA CON LUGAR el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de la presente causa a favor del IDENTIDAD OMITIDA Art. 65 LOPNA,; por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES establecido en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de FRANKLIN DOMICIANO MORENO, ..... de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal "e", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese a las partes de la presente decisión, librese oficios a los entes de seguridad correspondientes y en su oportunidad legal remítase las presentes actuaciones a la Fiscalía Décimo Séptima del Ministerio Público.
REGÍSTRESE, DIARICESE, DÉJESE COPIA, PUBLÌQUESE
HELEN NEFFERTY GARCÍA RAMIREZ
JUEZ PROVISORIO .....