este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO SIETE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:
UNICO: SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, de conformidad con el numeral 6° del articulo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y EN CONSECUENCIA SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA A FAVOR de RUBEN ALEJANDRO COLMENARES MORA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-12.055.011, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia. De conformidad con el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.