III
DECISIÓN
Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: Se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de HOMOLOGACIÓN DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, presentada por la ciudadana Azucena Xiomara Cristancho Fernández, asistida por el abogado Jenaro Dalmacio Barón Guerrero. En consecuencia, plantea CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA, de conformidad con el artículo 70 del Código de Procedimiento Civil.