Por tal motivo, este Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos 206 y 211 del Código de Procedimiento Civil, acuerda reponer la causa al estado de nombrar nuevo defensor Ad-Litem al co-demandado JUAN PABLO ROJAS LUNA, dejando sin efecto el nombramiento del defensor hecho en fecha 07 de mayo de 2007 en el presente expediente y declara nulas todas las actuaciones posteriores al folio 39. Se ordena el cierre del cuaderno de tacha de documento, aperturado en fecha 22 de junio de 2007. En consecuencia, se nombra como defensor Ad-Litem de la parte co-demandada a la abogada BELKYS XIOMARA LABRADOR DE HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº V-5.639.228, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.591, de este domicilio y hábil, a quien se acuerda notificar a fin de que comparezca por ante este Tribunal, a las once de la mañana, del segundo día de despacho siguiente a la consignación de la boleta en el expediente, a dar su ac.....