Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle al ciudadano Alvaro Aquilino Alvarado Romero, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-901.425, de este domicilio y hábil, sus derechos de propiedad y posesión sobre las mejoras construidas sobre un lote de terreno propiedad de la Municipalidad de Lobatera Estado Táchira.