Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR con voto salvado el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Néstor Yvan Álvarez Peña, en carácter de Defensor Privado de los acusados Jesús Jhovanny Larez Repueza y Elio Antonio Quirpa, en lo que respecta al vicio violación de normas relativas a la oralidad, inmediación, concentración y publicidad del juicio.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia dictada en fecha 02 de octubre de 2015, y publicada en fecha 28 de junio de 2016, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio Itinerante de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual, entre otros pronunciamientos, condenó a los acusados Jesús Jhovanny Larez Repueza y Elio Antonio Quirpa, a cumplir la pena de treinta (30) años de prisión, por el .....