Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la rectificación de la partida de nacimiento N° 335, de fecha 06 de julio de 1942, perteneciente al ciudadano JOSÉ ANDRÉS VARELA GUILLÉN, inserta por ante la Prefectura del Municipio Pedro María Morantes del Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, hoy en día Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira.
SEGUNDO: NIEGA, la solicitud de rectificación, en cuanto al reconocimiento voluntario realizado por el padre del solicitante, ciudadano José Encarnación Varela Largo, al momento de contraer matrimonio con la madre del solicitante, ciudadana Hermelinda Guillén, por ante la Prefectura del Municipio Pedro María Morantes, Distrito San Cristóbal del Estado Táchira, hoy en día Parroquia P.....