Declara: PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada por Abg. Luz Haydeé Gómez, Juez Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. SEGUNDO: Por cuanto contra la presente decisión no se admite recurso alguno, conforme a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir el presente asunto a la Coordinación Judicial, a los fines de la distribución de la causa principal a los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo correspondiente.
Publíquese, regístrese la presente decisión, en fecha 14 de junio de 2022, siendo las diez de la mañana (10:15 a.m), se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.
La Jueza,
ABG. MARIZOL DURAN COLMENARES
La Secretaría Judicial,
ABG. .....